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Áreas del territorio Distrital o Municipal destinadas a usos urbanos por el Plan de Ordenamiento Territorial, que cuenten con infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado. Pueden pertenecer a esta categoría las zonas con procesos de urbanización incompletos, comprendidos en áreas consolidadas con edificación que se definan como áreas de mejoramiento integral; están delimitadas por perímetros y podrán incluir los centros poblados de los corregimientos. (Fuente: Ley 388 de 1997)
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Espacio del territorio Distrital destinado a usos urbanos, rurales y de expansión por el Plan de Ordenamiento Territorial. Obedece a la clasificación del suelo definida en el artículo 145 “Clases de suelo” del Decreto 190 de 22 de junio de 2004. Leer más ›