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Bienes Inmuebles de Interés Cultural. Bogotá D.C.

Quinta Camacho
Teusaquillo
La Candelaria

Bienes Inmuebles de Interés Cultural. Bogotá D.C.

Corresponden a los bienes inmuebles que se localizan en Bogotá D.C. por sus valores arquitectónicos, artísticos o históricos merecen ser conservados y que hacen parte del patrimonio construido, reglamentado y adoptado a través del artículo 1 del Decreto Distrital 606 del 26 de julio 2001, modificado por los Decretos Distritales 135 y 215 de 2004, adicionalmente el Decreto 606 de 2001 y sus modificaciones, fueron objeto de derogatoria por el Decreto Distrital 560 del 28 de septiembre de 2018, tal como expresamente lo señala el primer inciso del artículo 30 del citado Decreto 560, norma en la que también, en el artículo primero y en el segundo inciso del artículo 30 se adopta el inventario contenido en el anexo. Incluyen los Bienes de Interés del ámbito Nacional y Distrital. Desde el año 2022 se procede a consolidar en una sola capa la información de los Bienes de Interés Cultural - BIC que están dentro y fuera del Centro Histórico, que en vigencias anteriores se presentaban en forma independiente

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¿Cómo puedes acceder a este dato geográfico?

Este conjunto de datos geográficos se encuentra disponible a través servicios web geográficos tipo REST, OGC y otros formatos de intercambio, para su visualización y descarga desde los portales: mapas.bogota.gov.co, datosabiertos.gov.co e ideca.gov.co.

¿Quién lo puede usar?

Este dato geográfico cuenta con una Licencia de Uso Abierta (CC-BY-SA 4.0.) que permite el uso y la reutilización por parte de las entidades y la ciudadanía en general.

¿Sabías qué?

Los inmuebles de interés cultural están constituidos por: Inmuebles localizados en áreas consolidadas, inmuebles localizados en áreas no consolidadas, los monumentos conmemorativos y objetos artísticos, los Caminos Históricos y bienes arqueológico

Toma Nota

Los Bienes de Interés Cultural del ámbito Distrital se delimitan en el plano denominado "Programa de Patrimonio Construido" del Plan de Ordenamiento Territorial. (Fuente: https://www.sdp.gov.co/gestion-territorial/patrimonio-y-renovacion-urbana/bienes-de-interes-cultural)

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