División política, administrativa y territorial municipal, con competencias claras y criterios de financiación y aplicación de recursos, creada por el Concejo Municipal a iniciativa del alcalde respectivo, con el fin de atender de manera más eficaz las necesidades de esa porción del territorio.
División realizada en la zona rural de los municipios, por parte del Concejo Municipal, con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local. (Constitución Política de Colombia de 1991, Artículo 318.)
En el marco del Decreto 555 de 2021 "Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C". Área con características urbanas, ubicada en el espacio rural del municipio, conformado por 20 o más viviendas contiguas o adosadas entre sí. Este concepto para fines censales agrupa los caseríos, corregimientos municipales e inspecciones de policía. (DANE).
Heredad, hacienda, tierra o posesión inmueble, que sufrió proceso de urbanización aprobado por la Secretaría Distrital de Planeación o por una Curaduría Urbana, representado gráficamente en un plano urbanístico, legalizado, de curaduría urbana, de reloteo, proyecto general o modificación de proyecto general.
Es un ecosistema intermedio entre el medio acuático y el terrestre, con proporciones húmedas, semihúmedas y secas, caracterizado por la presencia de flora y fauna muy singular. (Secretaria Distrital de Ambiente SDA – Ambiente por Recursos).