Conoce las unidades geográficas tipo manzana las cuales se les asocia la variable de estrato socioeconómico, siendo esta, la clasificación de los inmuebles residenciales que deben recibir servicios públicos. Se realiza principalmente para cobrar de manera diferencial por estratos los servicios públicos domiciliarios, permitiendo asignar subsidios y cobrar contribuciones.
El Sistema de Información Geográfica denominado SINUPOT compila los componentes urbano y rural del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, los instrumentos del POT, así como, la norma urbana, dicho sistema es unos de los más importantes sitios de consulta con que cuenta la ciudadanía.
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit, sed diam nonummy nibh. Ut wisi enim ad minim veniam, quis nostrud exerci tation ullamcor. Adipiscing elit, sed diam.
Unidades territoriales de análisis, planeamiento y gestión que tienen como propósito definir y precisar el planeamiento del suelo urbano, de expansión y rural. Se clasifica en: Unidad de planeamiento zonal: Tiene como propósito definir y precisar el planeamiento del suelo urbano, respondiendo a la dinámica productiva de la ciudad y a su inserción en el contexto regional, involucrando a los actores sociales en la definición de aspectos de ordenamiento y control normativo a escala zonal. Artículo 49 del Decreto 190 de 2004.
Entidad territorial fundamental de la división política administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de los límites que le señalen la Constitución y la Ley y cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida en su respectivo territorio. (Ley 136 de 1994)
División política, administrativa y territorial municipal, con competencias claras y criterios de financiación y aplicación de recursos, creada por el Concejo Municipal a iniciativa del alcalde respectivo, con el fin de atender de manera más eficaz las necesidades de esa porción del territorio.
División realizada en la zona rural de los municipios, por parte del Concejo Municipal, con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local. (Constitución Política de Colombia de 1991, Artículo 318.)
Heredad, hacienda, tierra o posesión inmueble, que sufrió proceso de urbanización aprobado por la Secretaría Distrital de Planeación o por una Curaduría Urbana, representado gráficamente en un plano urbanístico, legalizado, de curaduría urbana, de reloteo, proyecto general o modificación de proyecto general.